Solo 12 de los 43 distritos de Lima combaten acoso sexual callejero

Solo 12 de los 43 distritos de Lima combaten acoso sexual callejero

19 Abril, 2018

Diario La República.- La Defensoría del Pueblo alertó que solo 12 de las 43municipalidades de Lima Metropolitana cuentan con ordenanzas municipales para combatir el acoso sexual callejero.

 

La adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, Eliana Revollar, precisó que esta cifra es preocupante, ya que indica que el 72% de los gobiernos locales no toma acciones contra este ataque que sufren las mujeres (31 municipios).

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Según la funcionaria, las ordenanzas municipales podrían establecer la obligación de colocar carteles de prohibición de esta conducta en empresas y establecimientos públicos, así como multas a aquellas que permitan que sus trabajadores realicen estos actos.

Revollar afirmó que se realizó una supervisión sobre esta materia, la que permitió comprobar que no cuentan con esta ordenanza las municipalidades de Ancón; Breña; Carabayllo; Chorrillos; Cieneguilla; Comas; El Agustino; así como Independencia; La Molina; La Victoria; Cercado; Los Olivos; Lurigancho; San Luis; Magdalena y Pachacámac.

 

Lo mismo pasa en Pucusana; Punta Negra; Rímac; San Bartolo; San Isidro; San Juan de Lurigancho; San Juan de Miraflores; Lurín; San Martín de Porres; San Miguel; Santa Anita; Santa María y Santa Rosa.

 

“Solo 12 gobiernos locales han cumplido con la ley: Ate, Barranco, Chaclacayo, Jesús María, Lince, Miraflores, Pueblo Libre, Puente Piedra, Punta Hermosa, San Borja, Surco y Villa El Salvador. Saludamos esta iniciativa porque contribuye a combatir este tipo de violencia contra las mujeres en nuestro país”, manifestó.

 

La Defensoría del Pueblo señaló que está pendiente que las comunas de Lima promuevan campañas de prevención sostenidas y se capacite al personal de serenazgo para intervenir de forma adecuada en estos casos.

 

Denuncias

La Defensoría del Pueblo recordó que las víctimas de acoso callejero pueden denunciar en cualquier comisaría o en un Juzgado de Familia.

 

Estas conductas pueden ser adecuadas a delitos como injuria, actos contra el pudor, exhibicionismo y publicaciones obscenas y como una falta contra las buenas costumbres. Los Juzgados de Familia deberán emitir las medidas de protección para evitar nuevos hechos de violencia y continuar el proceso legal.

 

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